preambulo de la constitucion de la republica bolivariana de venezuela

El pueblo de Venezuela,en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la proteccion de dios,el ejemplo historico de nuestro Libertador Simon Bolivar y el heroismo y sacrificio de nuestros antepasados aborigenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la Republica para establecer una sociedad democratica,participativa y protagonica multietnica y pluricultural en un estado de justicia ,federal y descentralizado,que consolide los valores de la libertad,la independencia,la paz,la solidaridad,el bien comun,la integridad territorial,la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones,asegure el derecho a la vida,al trabajo,a la cultura, a la educacion,a la justicia social y a la igualdad sin discriminacion ni subordinacion alguna,promueva la cooperacion pacifica entre las naciones y consolide la integracion latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervencion y autodeterminacion de los pueblos,la garantia universal e indivisible de los derechos humanos,la democratizacion de la sociedad internacional,el desarme nuclear,el equilibrio ecologico y los bienes juridicos ambientales como patrimonio comun e irrenunciable de la humanidad;en ejercicio de su poder originario representado por la asamblea nacional constituyente mediante el voto libre y en referendo democratico,decreta lo siguiente: Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela.

articulo 68 de la constitucion de la republica bolivariana de venezuela

Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar pacificamente y sin armas,sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohibe el uso de armas de fuego y sustancias toxicas en el control de manifestaciones pacificas.La ley regulara la actuacion de los cuerpos judiciales y de seguridad en el control del orden publico. articulo 336. el tribunal supremo de justicia garantizara la supremacia y efectividad de las normas y principios constitucionales,sera el maximo interprete de esta constitucion y velara por su uniforme interpretacion y aplicacion.

articulo 102 de la constitucion de la republica bolivariana de venezuela

La educacion es un servicio publico y esta fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento,con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democratica basada en la valoracion etica del trabajo y en la participacion activa,consciente y solidaria en los procesos de transformacion social consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una vision latinoamericana y universal. El estado con la participacion de las familias y la sociedad,promovera el proceso de educacion ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta constitucion en la ley.